Lo primero: qué hacer en las primeras horas
- Respira. Que alguien haya publicado, o amenace con publicar, algo íntimo tuyo no es culpa tuya, y tiene salidas.
- Anota los enlaces donde aparece, con la fecha y la hora. No hace falta abrir cada página una y otra vez.
- Guarda los mensajes de quien te amenace o te exija algo. No borres la conversación; bloquea a esa persona solo después de guardarla.
- No reenvíes el contenido a nadie, ni siquiera para pedir ayuda.
- Si el material salió de una cuenta tuya, cambia las contraseñas y activa la verificación en dos pasos.
- Si sientes que estás en peligro, llama a la línea de emergencias 123.
¿Tengo que pagar si me amenazan con publicarlo?
No. La sextorsión es la amenaza de publicar contenido íntimo para exigirte dinero, más imágenes u otra cosa. Pagar no asegura que el contenido desaparezca y puede traer nuevas exigencias. Si ya pagaste, no es tu culpa: guarda el comprobante, porque también sirve como prueba.
No envíes más material ni negocies con quien amenaza: guarda los mensajes y denuncia.
¿Dónde denuncio?
Ante la Fiscalía General de la Nación, que es la que puede investigar quién lo publicó. Según los hechos, puede investigar conductas como la violación de datos personales (Código Penal, art. 269F, agregado por la Ley 1273 de 2009), la extorsión (art. 244) o las amenazas (art. 347). Lleva los enlaces, la fecha y la hora en que los viste y los mensajes de quien te amenace.
Si la persona que aparece tenía menos de 18 años cuando se grabó o se tomó el material, poseerlo o compartirlo es delito (Código Penal, art. 218). No lo guardes ni lo reenvíes: anota solo los enlaces y denuncia ante la Fiscalía, la Policía, la Línea 141 del ICBF (gratuita, las 24 horas) o Te Protejo (teprotejocolombia.org (se abre en otra pestaña)).
¿Cómo pido que lo retiren?
Se pide, sitio por sitio, y a Google y a Bing que dejen de mostrarlo cuando buscan tu nombre. Está explicado paso a paso en Cómo eliminar fotos y videos íntimos de internet y en Cómo desindexar resultados en Google.
Hay rutas gratuitas que puedes usar hoy: el formulario de Google (ayuda de Google (se abre en otra pestaña)) y, si tenías 18 años o más cuando se tomaron las imágenes, StopNCII.org (stopncii.org (se abre en otra pestaña)).
¿Y si quien lo publicó es alguien que conozco?
Conviene decidirlo con calma: hablar con esa persona puede empeorar la situación o hacer que el contenido se mueva a otros sitios. La denuncia y las solicitudes de retiro no dependen de que lo hables con ella. Si hay que pedirle que lo borre, guarda antes las pruebas y busca que quede por escrito; en nuestros casos, lo hace el abogado, y solo si tú lo autorizas y es seguro para ti.
¿Qué no puede prometerte nadie?
Que el contenido va a desaparecer. El retiro lo decide la plataforma; la desindexación, el buscador; la queja, la SIC, y la tutela, un juez. Desconfía de quien te lo asegure. Y si alguien te cobra a nombre de No Más Filtraciones por un medio distinto del que figura en tu documento de cobro, no pagues y escríbenos.
Fuentes y normas
- Código Penal (Ley 599 de 2000): artículos 218 (material con personas menores de 18 años), 244 (extorsión) y 347 (amenazas) (se abre en otra pestaña)
- Ley 1273 de 2009, que agrega al Código Penal el artículo 269F (violación de datos personales) (se abre en otra pestaña)
- Te Protejo Colombia: denuncia de contenido con personas menores de 18 años (se abre en otra pestaña)
- StopNCII.org (se abre en otra pestaña)
- Google: pedir que se retiren de los resultados imágenes íntimas compartidas sin consentimiento (se abre en otra pestaña)
